
Tu protección en las mejores manos
Vida con Periodos de Carencia
Descripción del seguro
Protección contra los riesgos de muerte y bono canasta familiar por muerte (para gastos del hogar) para los asegurados de Enel Codensa
Beneficiarios
Serán los voluntariamente designados por el asegurado principal y en ausencia de designación serán los establecidos por la ley.
¿Qué cubrimos?
Coberturas principales
La compañía cubre el riesgo de fallecimiento por cualquier causa de las personas aseguradas, incluyendo homicidio y suicidio, guerra y terrorismo, siempre y cuando el fallecimiento ocurra dentro la vigencia de la póliza, se hayan cumplido los periodos de carencia establecidos en el numeral dos (2) del presente documento y se haya pagado el valor de la prima correspondiente. El valor asegurado a cubrir será la indicada en la póliza o certificado individual de seguro.
Coberturas Adicionales
Bono canasta familiar por muerte - para gastos del hogar
En caso de fallecimiento por cualquier causa únicamente del asegurado principal, según lo definido en el numeral 1.1. Del presente documento, la compañía se compromete a pagar el valor asegurado según el plan elegido.
¿Este seguro tiene periodos de carencia?
Periodos de carencia
Si. El período de carencia es el tiempo que debe transcurrir entre el momento en que se formaliza el contrato de seguro e inicia la vigencia del seguro, y durante el cual no hay cobertura.
Los asegurados de esta póliza estarán amparados desde el inicio de vigencia así:
• A partir de las cero (00:00) horas del día siguiente en que el cliente realice el primer pago de la prima del seguro resultante del proceso de afiliación, cuando el fallecimiento ocurra por muerte accidental, homicidio y suicidio.
• A los cuarenta y seis (46) días contados a partir de las cero (00:00) horas del día siguiente en que el cliente realice el primer pago de la prima del seguro resultante del proceso de afiliación, cuando el fallecimiento ocurra por cualquier enfermedad, excepto cáncer, sida y enfermedades graves enlistadas más adelante.
• A los ciento ochenta y uno (181) días contados a partir de las cero (00:00) horas del día siguiente en que el cliente realice el primer pago de la prima de seguro resultante del proceso de afiliación, cuando el fallecimiento ocurra por cualquier enfermedad, incluyendo enfermedades graves enlistadas más adelante, excepto cáncer y sida.
• A los trescientos sesenta y seis (366) días contados a partir de las cero (00:00) horas del día siguiente en que el cliente realice el primer pago de la prima de seguro resultante del proceso de afiliación, cuando el fallecimiento ocurra por cualquier causa sin ninguna excepción.
Definiciones
Accidente cerebro–vascular:
es la pérdida súbita de la función cerebral, resultante de la interrupción del aporte sanguíneo a una parte del cerebro, que acuse lesiones irreversibles tales como pérdida permanente del conocimiento, pensamiento, lenguaje o sensación. Puede ser causado por trombosis, embolia, estenosis de una arteria del cerebro o hemorragia cerebral.
Insuficiencia renal:
es el daño bilateral e irreversible de la función de los riñones, que haga necesaria la realización en forma regular de diálisis renal o un trasplante de riñón.
Infarto del miocardio:
es la muerte del músculo cardíaco, ocasionada por una irrigación sanguínea deficiente.
Cirugía arterio-coronaria:
es la intervención quirúrgica a corazón abierto, que se realiza para corregir la estenosis u oclusión de las arterias coronarias, que no responden a tratamiento médico y en consecuencia es necesaria la realización de un by-pass o puente coronario.
Esclerosis múltiple:
es una enfermedad que afecta el sistema nervioso central y se manifiesta por anomalías neurológicas progresivas e irreversibles que conllevan a un estado de incapacidad severa, con disminución de la visión, incoordinación, debilidad e incontinencia urinaria.
¿Qué no cubrimos?
Exclusiones para todos los amparos
La compañía no estará obligada a proveer cobertura, realizar pagos, prestar servicios u otorgar beneficios al asegurado o a terceros, relacionados con la póliza, en la medida en que dicha cobertura, pago, servicio, beneficio y/o cualquier negocio o actividad del tomador y/o asegurado, sea violatoria de leyes o regulaciones sobre sanciones económicas o comerciales, locales o internacionales que le sean aplicables a Zurich.
Requisitos para Asegurarte
Edades
Asegurado Principal: La edad de ingreso a la póliza será desde los 18 años y hasta los setenta (70) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días de edad al momento de la inscripción a la póliza. Su permanencia será indefinida.
Cónyuge o compañera permanente del Asegurado Principal: La edad de ingreso será hasta los setenta (70) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días al momento de la inscripción a la póliza. Su permanencia será indefinida.
Hijos: Para los hijos la edad mínima de ingreso será de seis (6) meses de nacido y su permanencia hasta los veinticinco (25) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días de edad.
Grupo asegurable
Para efectos del presente contrato los grupos asegurables serán los detallados a continuación dependiendo del plan seleccionado:
Asegurado Principal: Es la persona natural sobre cuya vida se estipula el seguro.
Cónyuges: Es el conformado por el Asegurado Principal y su Cónyuge o compañero (a) permanente.
Familiar: Se considera Grupo Familiar el conformado por el Asegurado Principal, su Cónyuge o compañero permanente y sus hijos.
Valor asegurado
Tarifa del seguro
La prima es el precio del seguro que será cargada cada mes en la factura de energía expedida por ENEL COLOMBIA S.A. ESP La Compañía concederá al cliente un plazo de gracia de un mes contado a partir de la iniciación de la vigencia del certificado del seguro, período durante el cual el contrato se entenderá vigente y, en caso de siniestro, se pagará el valor asegurado previa deducción de la prima mensual causada y no percibida por la compañía. Si la prima no fuere pagada antes de vencerse el plazo de gracia, se producirá la terminación automática del contrato de seguro por mora. La prima del presente seguro podrá ser ajustado de acuerdo con lo pactado con el tomador, dentro de los tres primeros meses del año, e informado a los asegurados
Valor asegurado
El valor asegurado de cada persona será el aceptado e indicado en el Certificado Individual de Seguro, por cobertura.
Vigencia del Contrato Individual
La vigencia de la póliza tomada por ENEL COLOMBIA S.A. ESP es anual con pagos mensuales. No obstante lo anterior, la vigencia de cada certificado será mensual con renovación automática, sujeto al pago de la prima correspondiente. La vigencia de los amparos señalados en estas condiciones inicia a las cero 00:00 horas del día siguiente del ingreso a la póliza del asegurado.
Planes
COBERTURAS | VALOR ASEGURADO ($COP) | VALOR ASEGURADO ($COP) | |||||||||||
PLAN FAMILIAR | PLAN FAMILIAR | ||||||||||||
PLAN CODENSA | 962 | 1466 | 963 | 1467 | 964 | 1468 | 965 | 1469 | 966 | 967 | 1471 | 1222 | 1223 |
FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA | $6.010.000 | $6.010.000 | $8.292.000 | $8.292.000 | $15.200.000 | $15.200.000 | $21.637.000 | $21.637.000 | $28.798.000 | $35.960.000 | $35.960.000 | $4.146.000 | $14.399.000 |
RENTA MENSUAL DURANTE 12 MESES POR EL RIESGO DE FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA DEL ASEGURADO PRINCIPAL | $151.000 | $151.000 | $289.000 | $289.000 | $401.000 | $401.000 | $509.000 | $509.000 | $637.000 | $764.000 | $764.000 | $144.500 | $318.500 |
PRIMA MENSUAL ($COP) | $77.100 | $153.800 | $109.000 | $218.100 | $195.000 | $389.700 | $276.100 | $522.200 | $332.600 | $455.700 | $911.500 | $47.200 | $155.500 |
Información Importante
Incremento de las sumas aseguradas
Cuando las sumas aseguradas bajo la presente póliza sean incrementadas conforme a lo pactado entre la Compañía y el Tomador, el incremento será informado al asegurado.+
Proceso de reclamación
En caso de siniestro el asegurado y/o beneficiario según corresponda, deberá acreditar la ocurrencia del evento amparado, para lo cual podrá aportar documentos tales como:
Documentos para la reclamación
Para todos amparos
Formato de sugerido de reclamación completamente diligenciado.
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad del Asegurado.
• Fotocopia del registro civil de defunción.
• Historia clínica con antecedentes.
• En caso de muerte presunta, sentencia proferida por autoridad judicial.
• En caso de muerte accidental: Certificación de Fiscalía y croquis en caso de accidente de tránsito.
• Si quienes presentan la reclamación son los beneficiarios de ley, deberán adjuntar los documentos mediante los cuales acrediten tal calidad, de acuerdo con lo establecido en la normatividad que rige la materia.
• Fotocopia del documento de identidad de cada uno de los beneficiarios, registro civil de nacimiento si hay menores de edad o registro civil de defunción en caso de fallecimiento de alguno de ellos.
• En caso de no existir designación de beneficiarios: aportar declaración extrajuicio rendida ante notaria publica por un tercero ajeno a los posibles beneficiarios que indique estado civil del asegurado fallecido, número de hijos matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos mencionando cada uno de ellos
Así mismo, en caso de ser necesario y las circunstancias lo ameriten, se podrán solicitar documentación adicional para la acreditación del siniestro y de su cuantía si fuera necesario.
Una vez definida la procedencia de la indemnización dentro del plazo de ley establecido en el artículo 1080 del Código de Comercio, los beneficiarios recibirán el pago de la misma mediante transferencia bancaria.
Proceso de reclamación
Pérdida del derecho a la Indemnización
Si. Se perderá el derecho a la indemnización en caso de que la reclamación o los documentos presentados para sustentarla fuesen en alguna forma fraudulentos o, si en apoyo de ella se utilizaren medios o documentos engañosos o dolosos.
Deducciones
La suma que la Compañía hubiese pagado por el Amparo de desmembración accidental se deducirá de la indemnización que pueda corresponder por el amparo de Muerte accidental. Las indemnizaciones que la Compañía haya pagado por concepto de la perdida de dedos se deducirán de cualquier pago que se hiciere con posterioridad por concepto de la perdida de la mano o pie respectivo
Términos y condiciones
Terminación del seguro
El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus amparos adicionales terminará por las siguientes causas:
• Por el no pago de la prima, vencido el período de gracia.
• Al vencimiento de la vigencia.
• Cuando el Tomador o Asegurado solicite su revocación.
• Cuando se afecte el amparo de Vida para cada asegurado.
• En caso de haberse otorgado la posibilidad de asegurar al cónyuge o compañero(a) permanente, padres, hermanos y/o hijos dependientes del asegurado principal, su cobertura finalizará en caso de fallecimiento del asegurado principal o salida de este del grupo asegurado.
Revocación
La presente póliza y sus anexos podrán ser revocados por el Tomador en cualquier momento, mediante aviso escrito remitido a la Compañía, surtiendo efecto en la fecha de recibo de tal comunicación. El importe de la prima devengada y el de la devolución se calcularán tomando en cuenta la tarifa de seguros a corto plazo. Los certificados individuales podrán ser revocados por el Asegurado surtiendo efecto en la fecha de recibo de tal comunicación. El importe de la prima devengada y el de la devolución se calcularán tomando en cuenta la tarifa de seguros a corto plazo
Canales de atención directo y generales
Línea de Atención: 601 5115115 opción 3-4-1
atencionclientesenelx@enel.com
Whatsapp Enel: +57 316 8906003
Línea gratuita Nacional: 018000912115
E-mail: radicacionescodensa@enel.com
Chat de servicio: www.enel.com.co
https://www.enel.com.co/es/canales-de-atencion.html
Clausulados
EN LO NO PREVISTO EN ESTAS CONDICIONES PARTICULARES, LA PÓLIZA SE REGIRÁ POR EL CLAUSULADO GENERAL DEPOSITADO EN LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA BAJO EL CÓDIGO: 06/08/2021-1309-P-34-VIDAGRUPOPLUS-03-D00I