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Accidentes Personales y Asistencias

¿Qué cubrimos?

Coberturas principales

ZURICH ampara el riesgo de fallecimiento accidental del asegurado producido por un accidente no excluido, ocurrido dentro de la vigencia del seguro, siempre y cuando la muerte suceda durante los ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha del hecho accidental.

  • Para efectos del amparo de vida por fallecimiento accidental, se entenderá por accidente, el hecho exterior, independiente, imprevisto, repentino, comprobable y fortuito ajeno a la voluntad del asegurado.
  • La muerte causada por suicidio, homicidio o su tentativa, estarán amparados sólo si en el certificado de seguro expresamente se incluye su cobertura.
  • Al valor asegurado contratado en este amparo se le deducirá el valor de la indemnización pagada por los amparos adicionales contratados, si en ellos se indica que aplica una deducción sobre este amparo.

ZURICH ampara al asegurado y/o beneficiario por el valor diario establecido en el certificado individual de seguro, cuando por consecuencia de un accidente o enfermedad y/o padecimiento no preexistente no excluido, ocurrido durante la vigencia de la póliza, deba someterse a una hospitalización continua.

Para efectos de este amparo:

  • Se entenderá por accidente, el hecho exterior, independiente, imprevisto, repentino, comprobable y fortuito independiente de la voluntad del asegurado.
  • Se entenderá por enfermedad y/o padecimiento la alteración leve o grave del funcionamiento normal de un organismo o de alguna de sus partes debido a una causa interna o externa.
  • La hospitalización del asegurado o beneficiario debe ser un hospital y/o clínica y debe ser superior a 24 horas.
  • Los períodos sucesivos de hospitalización que provengan del mismo accidente y que estén separados por períodos menores de noventa (90) días calendario constituirán un solo periodo continuo de hospitalización y serán indemnizados hasta el límite de tiempo de la cobertura contratado.
  • Los períodos sucesivos de hospitalización, que provengan del mismo accidente y que estén separados por períodos mayores de 90 días se considerarán como distintos períodos de hospitalización; cada uno de estos será indemnizados hasta el límite previsto para el tiempo de cobertura, siempre y cuando cumpla las condiciones establecidas en el presente amparo.
  • El deducible se aplicará una vez por cada dolencia o condición médica diagnosticada por el cual sea presentada una reclamación por hospitalización.
  • Período de carencia: el asegurado no tendrá derecho a la indemnización, por tratamientos iniciados o realizados dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su ingreso a la póliza. 
  • Se otorga cobertura por Covid.

ZURICH, en adición al valor asegurado en el amparo básico, pagará el valor contratado como auxilio funerario, ante el fallecimiento accidental del asegurado como consecuencia de un evento amparado por la póliza.

ZURICH cubre mediante este amparo opcional, el fallecimiento accidental del asegurado producido por homicidio, que se encuentra excluido en el amparo opcional adicional de indemnización adicional por muerte accidental plus, ocurrido dentro de la vigencia del seguro, siempre y cuando se encuentre contratado expresamente.

Para efectos de este amparo, se entenderá por homicidio la muerte causada al asegurado por otra persona.

Asistencias

Para acceder a estas asistencias se debe tener en cuenta que la misma se haya incluido en el cuadro de amparos de tu certificado individual de seguro, sujeto a las condiciones que se señalan a continuación. 

Para solicitar los servicios de asistencias debes comunicarte sin ningún costo a la línea local y a la línea gratuita indicada en tu certificado individual de seguro.

1. Orientación con médico general por teléfono o video llamada
Cuando requieras una orientación médica no presencial, La compañía te pondrá en teleconferencia o videoconferencia (a tu elección) con un médico general, para orientarte en manejos primarios ante una emergencia en salud o un dolor latente, o en su defecto, solucionar dudas de tipo médico en cuanto a la ingesta de medicamentos, síntomas, revisión de exámenes básicos, prevención de enfermedades o información general. 

El médico te podrá brindar consejos o recomendar medicamentos de uso común, con el fin de solventar el problema de forma temporal o definitiva, únicamente cuando lo crea conveniente, entendiendo que se aplica el término de la pertinencia médica como premisa fundamental. De igual forma, por evaluación del triage internacional, el médico podrá sugerirte que asistas de forma presencial a una institución prestadora de salud. 
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida en un tiempo no mayor a 60 minutos.
La orientación tendrá una duración máxima de 30 minutos por evento. 

Tienes derecho a 6 eventos por vigencia de la póliza, máximo 3 SMDLV por cada evento.

2.  Orientación con nutricionista por teléfono o video llamada
Cuando requieras una orientación médica no presencial, especializada en temas relacionados con nutrición, La compañía te pondrá en teleconferencia o videoconferencia (a tu elección) con un profesional especializado. 

El nutricionista te podrá brindar apoyo frente a preguntas en temas de hábitos de alimentación, consumo de suplementos o proteínas, medición de porcentajes de grasa corporal y recomendaciones generales para una vida sana.

La compañía no cubrirá los costos de plan nutricional o procedimientos derivados de la atención, se entiende que es un servicio de medios y no de resultado
El horario atención para este servicio es de lunes a viernes de las 08:00 a las 18:00 horas.
Tu solicitud será atendida en un tiempo no mayor a 24 horas hábiles. 
La orientación tendrá una duración máxima de 60 minutos por evento.

Tienes derecho a 6 eventos por vigencia de la póliza, máximo 3 SMDLV por cada evento.

1. Orientación con odontólogo por teléfono
Cuando requieras una orientación odontológica no presencial, La compañía te pondrá en teleconferencia, con un profesional para que te brinde apoyo frente a consultas relacionadas con tratamientos odontológicos, dolores puntuales, higiene oral, definición para direccionamiento a especialidades dentro de la rama de la odontología y solución de inquietudes generales.
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida en un tiempo no mayor a 60 minutos.
La orientación tendrá una duración máxima de 30 minutos por evento.

Tienes derecho a 6 eventos por vigencia de la póliza, máximo 3 SMDLV por cada evento.

2. Coordinación de traslado básico de urgencia a clínica o consultorio odontológico.
Si requieres trasladarte a un centro o consultorio odontológico, La compañía coordinará y pagará el transporte dentro de la ciudad en que te encuentres, hasta el lugar más cercano donde puedas recibir atención dental.
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 2 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es de 3 horas.

Tienes derecho a máximo 5 SMDLV por cada evento.

3. Atención por urgencia dental en consultorio o clínica
Si requieres atención odontológica prioritaria, La Compañía coordinará una cita para que seas atendido en el lugar donde te brindarán diagnóstico y cuidados dentales. 
Este servicio incluye: 
A. EXÁMENES DE IMÁGENES (RADIOGRAFÍAS PERIAPICALES INDIVIDUALES Y CORONALES)
B. ANESTESIA, ANALGÉSICOS Y ANTINFLAMATORIOS.
C. MATERIAL DE USO ODONTOLÓGICO.
D. CIRUGÍA – EXODONCIAS SIMPLES O EXTRACCIONES

Cuando requieras la extracción o exodoncia simple de alguna pieza dental, ya sea dientes permanentes, dientes temporales, dientes fracturados o restos radiculares (exceptuando muelas cordales), La compañía te coordinará la cita en una clínica o consultorio odontológico y pagará por el procedimiento. 
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
El tiempo máximo de respuesta para la atención prioritaria es de 24 horas, y de 3 días hábiles para exodoncias o extracciones. 
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
Los servicios de Traslado terrestre para atención odontológica y Atención por urgencia dental en consultorio o clínica se prestarán en concepto de bolsa o conjunto. 

Tienes derecho a 2 eventos por vigencia de la póliza entre los dos, máximo 15 SMDLV por cada evento.

4. Limpieza Odontológica básica
Cuando requieras una limpieza odontológica básica, La compañía coordinará y pagará el servicio. 
El traslado y su costo al lugar de la atención, corre por tu cuenta.
El periodo de carencia para solicitar los servicios de asistencia odontológica es de sesenta (60) días después de adquirir el programa de asistencia 
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana
El tiempo máximo de respuesta para la atención es de 48 horas hábiles.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.

Tienes derecho a 1 evento por vigencia de la póliza, máximo 3 SMDLV por cada evento.

1. Cerrajería  
Si pierdes, extravías o te roban las llaves del inmueble que aseguraste, o la cerradura queda inutilizable por intento de hurto u otra causa que impida su apertura, y la seguridad del mismo, la tuya o de un tercero se encuentra en peligro, La Compañía coordinará y enviará un técnico para que reestablezca el acceso y correcto cierre de la puerta de ingreso principal al inmueble. 
Ten en cuenta que, este servicio es solo para la reparación o cambio de las cerraduras que permitan el ingreso al inmueble que aseguraste y al cuarto útil. 

En puertas eléctricas garantizaremos la apertura y cierra de la misma.
Este servicio incluye mano de obra, traslado del operario, los accesorios requeridos para la correcta instalación y cerramiento del bien afectado, y hasta 2 juegos de llaves

La compañía te ayudará con la apertura de cerraduras internas, siempre y cuando se encuentre atrapado un ser vivo y que por sus propios medios no pueda abrir la puerta, o se encuentren medicamentos indispensables para preservar la vida, e incluso cuando exista riesgo inminente de incendio o inundación del inmueble asegurado.

Exclusiones del Servicio de Cerrajería: 
La compañía no prestará la asistencia cuando se trate de temas derivados de: 
a) La reparación y/o reposición de cerraduras de puertas internas.
b) La reparación y/o reposición de los accesorios de las puertas, tales como bisagras, brazos hidráulicos, poleas o malacates.
c) La reparación y/o reposición de cualquier tipo de cerraduras de puerta de seguridad y blindada.
d) La apertura, reparación y/o reposición de cualquier clase de cerraduras de puertas, con acceso directo a los bienes de uso común en copropiedades.
e) No se encuentra en cobertura la puerta, ni los marcos de la puerta.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 120 minutos en perímetro urbano, en zonas rurales dependiendo de la disponibilidad del proveedor.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es de no mayor 24 horas.

Tienes derecho a 2 eventos por vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento.

2. Electricidad: 
Si en las instalaciones eléctricas internas del inmueble que aseguraste, se produce una ausencia de energía en forma total o parcial (corto circuito), LA COMPAÑÍA coordinará y enviará un técnico para que reestablezca el suministro de esta, siempre y cuando el estado de las redes lo permita. 

Ten en cuenta que, los servicios de electricidad incluyen la reparación de tableros eléctricos, totalizadores de cuchillas, disyuntores, interruptores, breakers, o fusibles dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica del inmueble que aseguraste. 

Este servicio incluye mano de obra y los accesorios descritos anteriormente, siempre que se requieran en la reparación realizada por el técnico de La Compañía. 

Exclusiones al servicio de Electricidad: 
LA COMPAÑÍA no prestará la asistencia cuando se trate de temas derivados de:

a) La reparación y/o sustitución de elementos de iluminación como: lámparas, focos, bombillos, tubos fluorescentes, balastros o enchufes. 
b) Electrodomésticos y gasodomésticos.
c) Cualquier tipo de reparación en áreas comunes o en instalaciones propias de la empresa prestadora de energía.
d) El recableado eléctrico de todo el inmueble que aseguraste por un mal trabajo inicial o incapacidad de soporte de carga con la red actual. 
e) Cuando se trate de la red de suministro, proveniente de un sistema de paneles solares o u otras fuentes de energía no convencionales.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 120 minutos en perímetro urbano, en zonas rurales dependiendo de la disponibilidad del proveedor.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es de no mayor 24 horas.

Tienes derecho a 2 eventos por vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento. 

3. Plomería:
Si en el sistema de aguas en la red hidráulica y/o sanitaria del inmueble que aseguraste, se presenta alguna avería o fuga, que imposibilite el suministro o evacuación, LA COMPAÑÍA coordinará y enviará un técnico para que reestablezca el servicio de agua o detenga la fuga de esta, siempre y cuando el estado de las redes lo permita. 

Este servicio incluye mano de obra, traslado del operario y el costo de los materiales, este último exclusivamente en los casos cuando se trate de reparación y/o sustitución de elementos de conducción de agua potable.
Los accesorios incluidos en esta cobertura, siempre y cuando se requieran en la reparación realizada por el técnico de La Compañía son: Abrazaderas, bujes, codos, empaques, uniones, tornillos, yes, tés y tapones. 

Exclusiones al servicio de plomería:
LA COMPAÑÍA no prestará la asistencia cuando se trate de temas derivados de: 

a. La reparación y/o sustitución de tuberías de hierro fundido, hierro galvanizado, agres, atenor, barro, cemento y/o cerámica. 
b. La reparación y/o sustitución de redes propias de procesos industriales.
c. La reparación y/o sustitución de las tuberías, equipos y accesorios para piscinas.
d. No cubre cambio, emboquillamientos o impermeabilización.
e. La reparación y/o sustitución de los elementos que no hagan parte de las tuberías propias de la construcción estructural del inmueble que aseguraste, tales como: acoples, adaptadores, calentadores, canastillas, cisternas, duchas, grifos, lava platos, lavaderos, mezcladores, reguladores para el paso de agua, sanitarios, sifones y válvulas. 
f. El arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras o humedades debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta, y averías que se deriven como consecuencia de humedades o filtraciones, en superficies de pisos, paredes y techos.
g. Cualquier tipo de reparación en áreas comunes, o en instalaciones propias de la empresa prestadora del servicio de aguas y alcantarillado.
h. Ajustes estéticos a zonas cercanas al daño que no hagan parte del punto intervenido por el técnico de La Compañía.
i. La Compañía no se hace responsable por el rompimiento o fractura de muebles, cuando se requieran retirar para realizar el arreglo. 
j. No se cubren destaponamiento con sonda eléctrica.
k. No está en cobertura los servicios que requieran de un trabajo en altura.
l. No se cubren destaponamientos que involucren cajas de inspección y/o trampas grasas.

No se incluyen las labores de exploración de las instalaciones hidráulicas para detectar el daño, trabajos de albañilería, mantenimientos, resanes, y/o acabados. 

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 120 minutos en perímetro urbano, en zonas rurales dependiendo de la disponibilidad del proveedor.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es de no mayor 24 horas.

Tienes derecho a 2 eventos por vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento.

4. Servicio de instalaciones básicas:
En caso de que lo requieras, La Compañía coordinará y enviará un técnico especializado para efectuar la labor de: 

  • Instalaciones eléctricas menores (Tomacorrientes, enchufes y switch)
  • Armado de muebles modulares nuevos
  • Instalación de lámparas o apliques de luz nuevos
  • Instalación de pantallas de TV nuevos
  • Instalación de cortinas nuevas.

Tener en cuenta que, este servicio no incluye materiales ni repuestos, tu deberás suministrarlos en el momento de la instalación, así como el manual de los muebles que lo requieran. 
LA COMPAÑÍA enviará al inmueble del asegurado, previo acuerdo, un (1) técnico especializado que adelantará las labores para efectuar la instalación del mueble que requiera el asegurado. Para efectos de la prestación del servicio, si es necesario un segundo técnico, el afiliado deberá asumir el costo de este o hacer uso de un segundo evento.
Ten en cuenta que cada mueble, lámpara, aplique de luz, pantalla de TV y cortinas es un evento.

Exclusiones del servicio:
a. No está en cobertura los servicios que requieran de un trabajo en altura. 
b. no incluyen trabajos de albañilería, mantenimientos, resanes, y/o acabados. 
c. Cuando los accesorios estén incompletos.
d. Cuando los accesorios no sean los correspondientes al producto.
e. Cuando requiera adaptaciones de albañilería, aditamentos que no estén incluidos en el kit de fábrica o descritos en el manual del usuario.
f. Lo que pudiera atentar contra la garantía del fabricante.
g. Cuando EL AFILIADO no cuente con el manual de armado.
h. Cuando la superficie no cuente con la firmeza suficiente o cuente con desperfecto estructural para 
i. soportar el equipo o producto.
j. Cuando los accesorios no sean nuevos.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La prestación se realizará los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 17:00 horas, y debe programarse con al menos 48 horas de antelación. 
El servicio cubre máximos 2 horas de mano de obra. 

Tienes derecho a 2 eventos en la vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento.

1. Orientación con veterinario por teléfono o video llamada
Cuando requieras una orientación médica no presencial, LA COMPAÑÍA te pondrá en teleconferencia o videoconferencia (a tu elección) con un veterinario para orientarte en temas relacionados con tu mascota.
No se brindan recetas, diagnósticos, ni se refieren medicamentos o tratamientos por este medio. El alcance de este servicio es referente a cuidados o consultas básicas, y el veterinario podrá referirte para que asistas de modo presencial con tu mascota, a un centro donde le puedan brindar asistencia médica veterinaria. 
LA COMPAÑÍA prestará esta asistencia de acuerdo a la información que des al veterinario y no puede garantizar el resultado final de la consulta telefónica.
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 60 minutos en perímetro urbano, en zonas rurales dependiendo de la disponibilidad del proveedor. 
El tiempo máximo de respuesta para la atención es de no mayor 24 horas.

Tienes derecho a 12 eventos por vigencia de la póliza, máximo 3 SMDLV por cada evento.

2. Consulta veterinaria en clínica (Por enfermedad o accidente):
Si como consecuencia de accidente, enfermedad (no preexistente) o ingesta de cuerpo extraño, la mascota requiere asistencia veterinaria, LA COMPAÑÍA inicialmente enlazará la llamada con un veterinario para realizar un triage de evaluación a la mascota y determinar si es necesario trasladar la mascota a urgencias o esperar la atención domiciliaria.   
LA COMPAÑÍA realizará el pago a un tercero (veterinario o clínica veterinaria), el cual asume la responsabilidad de suministrar la consulta veterinaria hasta el monto máximo de la cobertura.
El SERVICIO está sujeto a la disponibilidad en la red veterinaria y será previamente autorizado por el call center LA COMPAÑÍA.
El periodo de carencia para solicitar los servicios de asistencia es de sesenta (60) días después de adquirir el programa de asistencia 

No se incluye la aplicación de medicamentos en el momento de la consulta ni tratamiento posterior a la misma, exámenes (de laboratorio, radiografías, ecografías, entre otros), pipeta anti-pulgas, tratamientos estéticos, cirugías, hospitalizaciones, guarderías, desparasitantes, entre otros.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 30 minutos.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 24 horas.

Tienes derecho a 2 eventos por vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento.

3. Guardería para la mascota (Hospitalización del propietario):
En caso de que estés hospitalizado y no tengas quien cuide tu mascota, LA COMPAÑÍA coordinará un servicio de guardería en donde la cuiden.
LA COMPAÑÍA no asumirá ninguna responsabilidad por los daños que la guardería le ocasione a tu mascota ni cubrirá los costos del traslado de tu mascota a la guardería.
La escogencia de la guardería será exclusivamente de LA COMPAÑÍA, según la disponibilidad de sus proveedores.
El titular de la mascota debe llevar la comida para el periodo de duración de la guardería, dado que el cambio brusco de alimentación produce trastornos gastrointestinales.
Para hacer efectiva la prestación de este servicio debes demostrar tu hospitalización por medio de un documento válido, emitido por la entidad prestadora de salud y que esta fue de mínimo 5 días.
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a 2 eventos por vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento.

4. Baño y peluquería para la mascota: 
Si tu mascota requiere de un baño o una peluquería canina, LA COMPAÑÍA cubrirá el servicio de baño, peluquería, corte de uñas, limpieza externa de oídos y limpieza de dientes. El prestador cubrirá el servicio hasta el limite establecido. Este servicio se prestará en red veterinaria, los costos correspondientes del desplazamiento si llegase a requerir, correrán a cargo del propietario de la mascota.
El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La prestación se realizará los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 17:00 horas, y debe programarse con al menos 48 horas de antelación. 
 El período de carencia para solicitar este servicio es de sesenta (60) días después de adquirir el programa de asistencia. 

Tienes derecho a 1 evento por vigencia de la póliza, máximo 2 SMDLV por cada evento.

5. Orientación legal por daños a terceros: 
En caso de que requieras una orientación legal en procesos judiciales o conciliatorios por reclamaciones de daños o perjuicios causados por tu mascota a terceros, LA COMPAÑÍA coordinará para que un profesional te atienda telefónicamente.
LA COMPAÑÍA sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales en los límites descritos de la asistencia prestada, pero no se responsabilizará por el resultado final de la asesoría, ni por los procesos que decidas contratar por tu cuenta.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 17:00 horas,  y será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.
La orientación tendrá una duración máxima de 40 minutos por evento.

Tienes derecho a 6 eventos por vigencia de la póliza, máximo 3 SMDLV por cada evento.

6. Referencia y coordinación de servicios caninos:
En caso de que requieras información de centros de estética para mascotas o sobre empresas para el cuidado de ella, LA COMPAÑÍA te brindará toda la información pertinente, y coordinará cualquier servicio de estética que requieras para tu mascota.
Este servicio es netamente de coordinación, en ningún momento LA COMPAÑÍA asumirá los costos de los servicios estéticos que le brinden a tu mascota ni incluye desembolsos o descuentos por parte de LA COMPAÑÍA.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 20:00 horas, y será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a eventos ilimitados por vigencia de la póliza, máximo 1 SMDLV por cada evento

7. Referencia de clínicas veterinarias a nivel nacional e internacional:
En caso de que requieras información sobre clínicas veterinarias a nivel nacional e internacional, LA COMPAÑÍA te brindará la información del servicio en caso de que lo requieras.

Este servicio es netamente de informativo, en ningún momento LA COMPAÑÍA asumirá los costos de los servicios que le brinden a tu mascota ni incluye desembolsos o descuentos por parte de LA COMPAÑÍA.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 20:00 horas, y será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a eventos ilimitados por vigencia de la póliza, máximo 1 SMDLV por cada evento"
"8. Referencia de criaderos y adiestradores a nivel nacional:
En caso de que requieras información sobre criaderos o centros de adiestramiento de mascotas, LA COMPAÑÍA te la proporcionará telefónicamente
Este servicio es netamente informativo, en ningún momento LA COMPAÑÍA asumirá los costos de los servicios que le brinden a tu mascota ni incluye desembolsos o descuentos por parte de LA COMPAÑÍA.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 20:00 horas, y será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a eventos ilimitados por vigencia de la póliza, máximo 1 SMDLV por cada evento

9. Referenciación y coordinación de paseo de caninos a domicilio:
En caso de que requieras información sobre paseos a su mascota, LA COMPAÑÍA te la proporcionará telefónicamente
Este servicio es netamente informativo, en ningún momento LA COMPAÑÍA asumirá los costos de los servicios que le brinden a tu mascota ni incluye desembolsos o descuentos por parte de LA COMPAÑÍA.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 20:00 horas, y será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a eventos ilimitados por vigencia de la póliza, máximo 1 SMDLV por cada evento

10. Traslado, resguardo, disposición del cadáver (sin devolución de cenizas): 
A consecuencia de fallecimiento de su mascota, LA COMPAÑÍA coordinará el servicio de resguardo o disposición del cadáver (sin devolución de cenizas y sin certificado), el monto de cobertura incluye el traslado de la mascota hasta el lugar indicado.
Resguardo: Evento en el cual se conserva la mascota hasta su destino final.
Disposición: procedimiento que se realiza en el momento de fallecimiento de la mascota la cual, se puede realizar de manera colectiva (incineración colectiva), entierro o eliminación.
Si se excede el valor del servicio en caso de ser superior al monto de la cobertura deberá́ ser cancelado por EL AFILIADO directamente al proveedor

El periodo de carencia para solicitar los servicios de asistencia es de sesenta (60) días después de adquirir el programa de asistencia.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana.
La solicitud será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a 1 evento por vigencia de la póliza, máximo 5 SMDLV por cada evento

11. Referencia y coordinación cementerios para mascotas: 
En caso de que requieras información sobre cementerios para su mascota, LA COMPAÑÍA te la brindará, y coordinará el servicio en caso de que lo requieras.
Este servicio es netamente de coordinación, en ningún momento LA COMPAÑÍA asumirá los costos de los servicios que le brinden a tu mascota ni incluye desembolsos o descuentos por parte de LA COMPAÑÍA.

El horario de atención para este servicio es 24 horas al día, 7 días a la semana. 
Tu solicitud será atendida los días hábiles de lunes a viernes, de las 08:00 a las 20:00 horas, y será coordinada en un tiempo no mayor a 24 horas.
El tiempo máximo de respuesta para la atención es 48 horas.

Tienes derecho a eventos ilimitados por vigencia de la póliza, máximo 1 SMDLV por cada evento.

¿Qué no cubrimos?

En adición a las exclusiones que se detallan mas adelante, y no obstante los términos y/o condiciones otorgados bajo la presente póliza, la compañía no estará obligada a proveer cobertura, realizar pagos, prestar servicios u otorgar beneficios al asegurado, en la medida en que dicha cobertura, pago, servicio, beneficio y/o cualquier negocio o actividad del asegurado, sea violatoria de leyes o regulaciones sobre sanciones económicas o comerciales, locales o internacionales que le sean aplicables a la compañía.

La presente póliza no cubre el fallecimiento que no sea consecuencia directa y determinante de un accidente. Tampoco cubre el fallecimiento que sea causado directa, indirecta, total o parcial de los siguientes hechos:

A. Eventos causados directamente por guerra interior o exterior, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, sedición, asonada o actos violentos motivados por conmoción civil o por aplicación de la ley marcial, rebelión, insurrección, poder militar usurpado, motín.  
B. Prestación del servicio militar, en servicio activo y/o en ejercicio de sus funciones como militar, naval, aéreo o de policía, miembro de organismo de seguridad, de inteligencia, guardaespaldas o vigilante.
C. Participación del asegurado en prácticas o en competencias de deportes de alto riesgo, tales como: vuelos en cometa, ala delta, parapente, paracaidismo, motocross, kartismo, automovilismo, motociclismo, motonáutica, alpinismo o escalamiento de montañas, espeleología, rafting, vuelo en ultralivianos, planeadores, surfing, boxeo, salto con cuerdas desde puentes o construcciones y en cualquier otro concurso, competencia, o sus preparativos, buceo, deportes de invierno y la práctica o entrenamiento de deportes a nivel profesional y otros similares, sea como miembro activo o ejecutante, y cualquier otro deporte que en la literatura universal se considere de alto riesgo o extremo.
D. Participación del asegurado en riñas o en cualquier acto delictivo. 
E. Por accidentes que sufra el asegurado cuando viaje como pasajero en vuelos no comerciales o de carga.
F. Fisión o fusión nuclear o radioactividad, sea en forma directa o indirecta.
G. Accidentes y/o lesiones sufridas por culpa grave del asegurado como consecuencia de estar bajo la influencia de bebidas embriagantes con grado igual o mayor a tres, o de sustancias alucinógenas o cualquier sustancia ilegal, salvo que se demuestre prescripción médica. 
H. Intoxicación, salvo que se trate de envenenamiento causado por un tercero cuando el amparo de muerte por homicidio haya sido contratado.
I. Estrangulamiento de hernias de cualquier clase. 
J. Infección bacteriana y tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean motivados por accidente amparado por esta cobertura; cualquier enfermedad corporal o mental, oclusiones intestinales, ruptura de aneurismas, pandemias y epidemias.
K. Lesiones corporales (internas o externas) que sufra el asegurado con anterioridad a la contratación del seguro, o que tengan como causa, o sean una consecuencia de un accidente ocurrido antes de la vigencia de la cobertura otorgada por la presente póliza.
L. Enfermedades producidas por la picadura de insectos (vectores) que causen enfermedades tales como, pero sin limitarse a paludismo, la leishmaniasis, enfermedad de chagas, la tripanosomiasis africana, dengue, fiebre amarilla, chikunguña, filariasis linfática, entre otras.

Parágrafo:  la compañía no estará obligada a proveer cobertura, realizar pagos, prestar servicios u otorgar beneficios al asegurado o a terceros, relacionados con la póliza, en la medida en que dicha cobertura, pago, servicio, beneficio y/o cualquier negocio o actividad del tomador y/o asegurado, sea violatoria de leyes o regulaciones sobre sanciones económicas o comerciales, locales o internacionales que le sean aplicables a ZURICH

Para este amparo son aplicables, en lo que corresponda, las exclusiones del amparo básico de la póliza a la cual accede este amparo opcional y en adición a dichas exclusiones no hay cobertura para los siguientes eventos:

  • Eventos causados directamente por guerra interior o exterior, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, sedición, asonada o actos violentos motivados por conmoción civil o por aplicación de la ley marcial, rebelión, insurrección, poder militar usurpado o motín.
  • Eventos como consecuencia de fusión o fusión nuclear, radioactividad o el uso de armas atómicas, bacteriológicas o químicas.
  • Eventos causados por la participación del asegurado en la comisión de actos delictivos, en actos terroristas, y/o por culpa grave del asegurado.
  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de enfermedades, anomalías o malformaciones congénitas.
  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de enfermedades y/o padecimientos preexistentes al ingreso del asegurado a la póliza.
  • Hospitalizaciones consecuencia de tratamientos psiquiátricos o psicológicos,
  • Estados de demencia, curas de sueño, reposo o descanso.
  • Hospitalizaciones consecuencia de tratamientos por alcoholismo y/o drogadicción.
  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de obesidad de cualquier tipo, incluyendo la obesidad mórbida.
  • Hospitalizaciones por enfermedades relacionadas directa o indirectamente con el virus de inmunodeficiencia humana (vih) o sida.
  • Hospitalización por cirugías consecuencia de defectos de refracción visual.
  • Tratamientos hospitalarios y/o quirúrgicos orientados al feto.
  • Hospitalización por los reconocimientos médicos o exámenes de chequeo general o de rutina, de tamizaje o preventivos.
  • La hospitalización por un periodo continuo o sucesivo derivada de lesiones o accidentes ocasionados por el mismo asegurado o beneficiario con la intención de suicidarse, estando o no el asegurado en uso de sus facultades mentales o en estado de demencia.
  • Mutilación voluntaria o lesiones intencionalmente infringidas, estando o no el asegurado en uso de sus facultades mentales o en estado de demencia
  • Hospitalizaciones y/o cirugías a consecuencia de tratamientos por infertilidad y/o planificación familiar.
  • Tratamientos hospitalarios médicos o quirúrgicos consecuencia de complicaciones del embarazo o parto.
  • Tratamientos hospitalarios y/o quirúrgicos relacionados o consecuencia de tratamientos odontológicos.
  • Cirugía estética para fines de embellecimiento, cualquier cirugía plástica u ortopédica, a menos que sea a consecuencia directa de enfermedad o accidente sufridos durante la vigencia de este anexo y cubiertos por el mismo.
  • Hospitalización domiciliaria o en instituciones no autorizadas para la prestación de servicios médicos.
  • Hospitalizaciones a consecuencia de la participación del asegurado en prácticas o en competencias de deportes de alto riesgo, tales como: vuelos en cometa, ala delta, parapente, paracaidismo, motocross, kartismo, automovilismo, Motociclismo, motonáutica, alpinismo o escalamiento de montañas, espeleología, rafting, vuelo en ultralivianos, planeadores, surfing, boxeo, salto con cuerdas desde puentes o construcciones y en cualquier otro concurso, competencia, o sus preparativos, buceo, deportes de invierno y la práctica o entrenamiento de deportes a nivel profesional y otros similares, sea como miembro activo o ejecutante, y cualquier otro deporte que en la literatura universal se considere de alto riesgo o extremo.

Para este amparo adicional se aplican las mismas exclusiones generales para el amparo básico de la póliza de accidentes personales plus.

Clausulas adicionales

La compañía aseguradora conviene con el tomador y/o asegurado en no exigir el diligenciamiento de la solicitud de seguro por los solicitantes del seguro, salvo que  el solicitante padezca o haya padecido  o le hayan sido diagnosticadas  enfermedades mentales, cerebrovasculares, renales, cáncer, cardiovasculares, pulmonares, gastrointestinales, hipertensión arterial, diabetes, alcoholismo, tabaquismo drogadicción, Sida, y en general, cualquier otro tipo de enfermedad o patología pre - existente a la fecha de iniciación del amparo individual o incremento de valor asegurado,   caso en el cual deberá declarar estos hechos

El amparo individual de cualquier de los asegurados termina por las siguientes causas:

A. Por falta de pago de la prima, una vez vencido el periodo de gracia estipulado.
B. Cuando el asegurado solicite por escrito la revocación del seguro.
C. Cuando el Tomador solicite revocar la póliza o no renovar.
D. Para los asegurados individualmente considerados, cuando ZURICH pague la indemnización por muerte o en el momento en que la indemnización de alguno de los amparos opcionales agote el valor asegurado del amparo básico de vida.
E. Para los asegurados individualmente considerados, cuando ZURICH pague la indemnización por incapacidad total y permanente.

La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por el asegurador, lo hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro de acuerdo con lo establecido por el artículo 1058 del Código de Comercio.

El TOMADOR y los asegurados individualmente considerados, están obligados a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo según el cuestionario que les sea propuesto por ZURICH.
Si la declaración no se hace con sujeción a un cuestionario determinado, la reticencia o la inexactitud producen igual efecto si el TOMADOR ha encubierto por culpa, hechos o circunstancias que impliquen agravación objetiva del estado del riesgo.
Si la inexactitud o la reticencia provienen de error inculpable del TOMADOR, el contrato no será nulo pero ZURICH sólo estará obligada, en caso de siniestro, a pagar un porcentaje de la prestación asegurada, equivalente al que la tarifa o la prima estipulada en el contrato representen respecto de la tarifa o la prima adecuada al verdadero estado del riesgo, excepto lo previsto en el artículo 1160 del Código de Comercio, el cual indica que transcurridos dos años en vida del asegurado, desde la fecha del perfeccionamiento del contrato, el valor del seguro de vida no podrá ser reducido por causa de error en la declaración de asegurabilidad.

Si la reticencia o inexactitud provienen del asegurado, se aplicarán las mismas sanciones respecto de su seguro individual (Artículo 1058, Código de Comercio).
Aunque ZURICH prescinda del examen médico, el asegurado no podrá considerarse exento de las obligaciones a que se refiere el artículo 1058 del Código de Comercio, ni de las sanciones a las que su infracción dé lugar. ZURICH se reserva el derecho a solicitar la información médica requerida del asegurado con el fin de verificar las declaraciones presentadas.
Si respecto a la edad del asegurado se comprobare inexactitud en la declaración de asegurabilidad, el contrato quedará sujeto a la sanción prevista en el artículo 1161 del Código de Comercio.

El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinen el estado del riesgo según la solicitud de seguro suscrita por él. la inexactitud sobre los hechos o circunstancias que, conocidas por LA COMPAÑIA la hubieran retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas produce la nulidad relativa del seguro. sin embargo, si el tomador incurriere en errores o inexactitudes inculpables a él o al asegurado, el presente contrato no será nulo ni habrá lugar para la aplicación del inciso tercero del código de comercio sobre reducción porcentual de la prestación asegurada.

 

Si respecto a la edad del asegurado se comprobare inexactitud en la declaración de asegurabilidad, el contrato quedará sujeto a la sanción prevista en el artículo 1161 del Código de Comercio, que indica que, si respecto a la edad del asegurado se comprobare inexactitud en la declaración de asegurabilidad, se aplicarán las siguientes normas:

1) Si la edad verdadera está fuera de los límites autorizados por la tarifa del asegurador, el contrato quedará sujeto a la sanción prevista en el Artículo 1058 (Nulidad relativa del contrato del seguro);
2) Si es mayor que la declarada, el seguro se reducirá en la proporción necesaria para que su valor guarde relación matemática con la prima anual percibida por el asegurador, y;
3) Si es menor, el valor del seguro se aumentará en la misma proporción establecida en el ordinal segundo.

De conformidad con lo establecido por los artículos 1160 y 1161 del Código de Comercio, una vez transcurridos dos (2) años en vida del Asegurado, contados desde la fecha del perfeccionamiento del contrato, y encontrándose éste vigente, el valor del seguro no podrá ser reducido por causa de error inculpable en la Declaración de Asegurabilidad o en la Solicitud de Seguro, sin perjuicio de lo establecido en la condición de Inexactitud en la Declaración de Edad.

El presente seguro queda sometido a la jurisdicción colombiana y será competente el juez del lugar de celebración del contrato de seguro o del domicilio de la Compañía a elección del Tomador.

La notificación se realizará en la última dirección registrada por el asegurado o Tomador, respectivamente.

Sin perjuicio de las disposiciones correspondientes, para los efectos relacionados con el presente contrato se fija como domicilio de las partes la ciudad mencionada en la carátula de la póliza y ubicada en la República de Colombia.

La eventual reticencia o inexactitud solo podrá ser alegada por la aseguradora si tal error en la declaración del estado del riesgo tiene relación de causalidad con el siniestro, por lo que, en caso contrario, la aseguradora reconocerá el valor asegurado.

De acuerdo con el artículo 1058 del Código de Comercio se presenta reticencia o inexactitud cuando el tomador o asegurado omite declarar hechos o circunstancias acerca del estado del riesgo, que, de haber sido conocidos por el asegurador al momento de contratar, éste se hubiera retraído de celebrar el contrato o lo hubiera hecho en condiciones más onerosas.

De conformidad con lo establecido por las normas legales de Colombia sobre el tema de prevención de lavados de activos, el Tomador, el (los) asegurado (os) y el (los) beneficiario (s), según sea el caso, se obligan a diligenciar con datos ciertos y reales el formato que para tal menester se le entregue y a suministrar los documentos que se soliciten como anexo, al inicio de la póliza, de la renovación de la misma, y al momento del pago de indemnizaciones.

Requisitos para Asegurarte

MUERTE ACCIDENTAL PLUS

  • Mínima de Ingreso: 18 años
  • Máxima de Ingreso: 69 años
  • Máxima de Permanencia:80 años 364 días

AUXILIO FUNERARIO POR MUERTE ACCIDENTAL PLUS

  • Mínima de Ingreso: 18 años
  • Máxima de Ingreso: 69 años
  • Máxima de Permanencia:80 años 364

RENTA DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN PLUS

  • Mínima de Ingreso: 18 años
  • Máxima de Ingreso: 65 años
  • Máxima de Permanencia: 65 años 364 días

Valor asegurado

El valor asegurado y tarifa se expresan en el cuadro a continuación

ACCIDENTES PERSONALES + ASISTENCIAS 
 COBERTURA  PLAN 1
 Muerte Accidental  10000000
 Renta Diaria por Hospitalización*  30000
 Auxilio Funerario por muerte Accidental  2000000
 Asistencia TELEMEDICINA + ODONTOLOGIA + MASCOTAS
  Prima Mensual   12200

*Con 3 días de deducibles y 15 días máximos de hospitalización (2 eventos por vigencia anual)

La prima es el precio del seguro. La prima del presente seguro podrá ser ajustado de acuerdo con lo pactado con el tomador, por IPC u otros motivos como resultado de la cuenta o variación de nómina, en la anualidad de la vigencia e informado a los asegurados.

 

 Vigencia anual con cobro mensual.

Proceso de reclamación

El beneficiario o asegurado, según el caso, deberá remitir los documentos necesarios para acreditar la ocurrencia del siniestro. El tomador, asegurado o beneficiario, a petición de la compañía deberá hacer todo lo que este a su alcance para permitirle la investigación del siniestro. Por favor tenga en cuenta los documentos que aplican de acuerdo al tipo de cobertura.

Así mismo, en caso de ser necesario y las circunstancias lo ameriten, se podrán solicitar documentación adicional para la acreditación del siniestro y de su cuantía si fuera necesario.

Documentos para la reclamación

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Asegurado o documento de identidad. 
  • Acta de levantamiento de cadáver, Necropsia, informe de autoridad competente Fiscalía o fotocopia legible del croquis de tránsito, según el caso. 
  • Fotocopia del registro civil de defunción indicando la causa del fallecimiento. 
  • Si quienes presentan la reclamación son los beneficiarios de ley, deberán adjuntar los documentos mediante los cuales acrediten tal calidad, de acuerdo con lo establecido en la normatividad que rige la materia.
  • Carta de reclamación.
  • Historia clínica completa o diagnóstico médico.
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Copia de la factura de gastos clínicos donde conste el número de días que estuvo hospitalizado el asegurado.

Aplican los mismos documentos indicados para la cobertura básica de Vida.

Proceso de reclamación

El amparo individual de cualquier de los asegurados termina por las siguientes causas:

A. Por falta de pago de la prima, una vez vencido el periodo de gracia estipulado.
B. Cuando el asegurado solicite por escrito la revocación del seguro.
C. Cuando el Tomador solicite revocar la póliza o no renovar.
D. Para los asegurados individualmente considerados, cuando ZURICH pague la indemnización por muerte o en el momento en que la indemnización de alguno de los amparos opcionales agote el valor asegurado del amparo básico de vida.
E. Para los asegurados individualmente considerados, cuando ZURICH pague la indemnización por incapacidad total y permanente.

ZURICH pagará a los beneficiarios designados o a los beneficiarios de ley, si no hubo designación, el valor de la indemnización, teniendo como límite al valor asegurado a la fecha de ocurrencia del siniestro, establecido en el certificado individual de seguro para la cobertura contratada y afectada, descontando el valor de las indemnizaciones pagadas por los amparos adicionales contratados si en ellos se indica que aplica dicha deducción. El plazo para que la Compañía acepte o niegue la reclamación será de treinta (30) días hábiles contado a partir de la fecha en la cual se entregue la totalidad de los documentos necesarios para demostrar la ocurrencia del siniestro.

Términos y condiciones

El amparo individual de cualquier de los asegurados termina por las siguientes causas:

  • Por falta de pago de la prima, una vez vencido el periodo de gracia estipulado.
  • Cuando el asegurado solicite por escrito la revocación del seguro.
  • Cuando el Tomador solicite revocar la póliza o no renovar.
  • Para los asegurados individualmente considerados, cuando ZURICH pague la indemnización por muerte o en el momento en que la indemnización de alguno de los amparos opcionales agote el valor asegurado del amparo básico de vida.
  • Para los asegurados individualmente considerados, cuando ZURICH pague la indemnización por incapacidad total y permanente.
  • El no pago de la prima dentro de las oportunidades indicadas, producirá la terminación automática del contrato de seguro.
  • La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago  de la prima y de los gastos causados por  la expedición del contrato, sus certificados y anexos (Artículo 1068 C. de C.).
  • Señor usuario tenga en cuenta que este tomador es una entidad no vigilada por la Super financiera de Colombia.
  • Para radicación envía la documentación a avisosdesiniestro@zurich.com
  • Para validar estado de la reclamación comunicarse a la línea  01 8000 112 723 o desde celulares Claro, ETB, Movistar y Tigo marque el #723
  • Para quejas o reclamos enviar correo a atencioncliente@zurich.com
  • Atención en línea: página web https://www.zurichseguros.com.co/ o WhatsApp 317 364 31 85
  • Para resolver dudas, comentarios y sugerencias, comunícate a la línea de atención PBX (571) 5188482 – (571) 3190730
  • Asistencias VANTI: Línea 578005184758
Para ver la Condiciones Generales de las pólizas por favor ingresar a la página www.zurichseguros.com.co > Seguros para todos > Líneas personales ó Líneas corporativas saber mas > selecciona el producto > Opción clausulados . Si necesita copia física de las mismas, por favor solicítelas al correo atencioncliente@zurich.com.
VERSION CLAUSULADO ACCIDENTES PERSONALES
06/08/2021-1309-P-31-AP-PLUS-00000003-D00I / 21/07/2021-1309-NT-P-31-AP-PLUS-00000002